Este lunes conocíamos el fallo del Tribunal Supremo de los Estados Unidos sobre el caso que llevaba aproximadamente cinco años en los tribunales, el de un pastelero de Colorado que se negó a hacerles una tarta de boda a una pareja de chicos gays alegando su derecho a la libertad religiosa.
El fallo no es el que nos hubiera gustado, pero dentro del peor de los escenarios en el que podríamos encontrarnos, es el menos malo. El recurso ante el Supremo era ya el último recurso del pastelero, Jack Philipps, al que ni las anteriores instancias ni la Comisión de Derechos civiles de Colorado dio la razón, pero esta vez sí que fallaron a su favor. La resolución dice que efectivamente no se ha respetado su derecho a la libertad religiosa, recogido en la primera enmienda, pero no por las razones que pensamos. El Supremo considera que el procedimiento ante la Comisión no se desarrolló de la manera correcta y hubo cierta hostilidad hacia su libertad religiosa, proclamada en la primera enmienda, y de todo punto intolerable. En ningún momento, ni en ningún caso, esto puede interpretarse como un derecho a discriminar a las personas LGBT alegando motivos religiosos o alegar vulneración de su libertad al exigirle que atienda a parejas del mismo sexo.
Con este fallo, el Supremo limita los efectos de la sentencia lo máximo posible. Evita la catástrofe y el paso atrás que se temía para los derechos de las personas LGBT. Aún así, no estamos en el escenario deseado. De haber recaído una sentencia favorable a Charlie y David, el avance en derechos para las personas LGBT hubiera sido brutal porque se reconocería el derecho que tiene toda persona a no ser discriminado basándose en su orientación sexual prevaleciendo sobre el derecho a la libertad religiosa. Otros casos parecidos están todavía en los tribunales, sólo queda esperar un poquito más para ver si el ansiado fallo se produce.
Vía: USA Today